El Servicio Nacional de Contrataciones (SNC), actuando como autoridad técnica en materia de contrataciones públicas, en ejercicio de la atribución establecida en el numeral 2, del artículo 37, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 38 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas, cumple en recordarles a todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, Estadal, Municipal, Central y Descentralizada, así como a los demás sujetos señalados en el artículo 3 del referido Decreto, la obligación que tienen de rendir a este órgano rector, dentro de los primeros quince (15) días continuos siguientes al vencimiento de cada trimestre de este ejercicio fiscal, la información correspondiente a las contrataciones que en ejecución de su programación anual de compras hayan celebrado para la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras.
Asimismo, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 1 del citado artículo 38 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas, se les recuerda a todos los sujetos señalados en el artículo 3 del prenombrado Decreto Ley, la obligación que tienen de remitir al Servicio Nacional de Contrataciones (SNC), en el transcurso de este último trimestre del año 2015, la programación de la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras a contratar para el próximo ejercicio fiscal correspondiente al año 2016.
ANTHONI CAMILO TORRES MARTÍNEZ
DIRECTOR GENERAL
SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIONES