Incorporados los decretos 8880 y 8882 al curso de contrataciones públicas dictados por el SNC

Dichas Medidas Temporales, permiten el apalancamiento de los planes de desarrollo económico del país, a tal efecto se promulgaron los Decretos N° 8880 “MEDIDAS TEMPORALES PARA EL ESTABLECIMIENTO DE MONTOS Y CATEGORÍAS DE CONTRATOS PREFERENCIALES PARA LAS PYMIS Y EMPRESAS DE PROPIEDAD SOCIAL DIRECTA COMUNAL FABRICANTES DE BIENES, PRESTADORAS DE SERVICIOS Y EJECUTORAS DE OBRAS” y el Decreto N° 8882 “MEDIDAS TEMPORALES PARA LA PROMOCIÓN, DESARROLLO, ESTÍMULO E INCLUSIÓN DE LA INDUSTRIA NACIONAL, PRODUCTORA DE BIENES, PRESTADORA DE SERVICIOS Y EJECUTORA DE OBRAS UBICADAS EN EL PAÍS. Los Decretos antes señalados deben incorporarse dentro de las contrataciones que realicen los órganos y entes del Estado a que se refiere el Art. 3 de la Ley de Contrataciones Públicas. ¡Conoce el contenido de estos Decretos, su importancia y aplicación en tus procedimientos de contratación!